La hoja de reclamaciones no lo es todo.
Es habitual encontrarnos en situaciones en las que el objeto o servicio que recibimos como consumidor, no se corresponden con lo esperado o prometido. En estos casos no dude en solicitar y rellenar la hoja de reclamaciones correspondiente y preséntela en el organismo correspondiente. Éste actuará de mediador, y trasladará su reclamación a la empresa y en ocasiones será suficiente para solucionar su queja.
No obstante, hay otros ámbitos, menos cotidianos, en los que el consumidor o usuario se ve especialmente desprotegido (entidades financieras, empresas de suministros, seguros, telefonía, …). Es en estos sectores, en los que debido a su alto volumen y especificación de normativa, es recomendable encauzar su reclamación a través de su servicio jurídico de confianza; por lo que estaremos encantados de ayudarle y gestionar el problema que tenga entre manos.
Preguntas Frecuentes
¿Necesito un abogado para acudir a la oficina del consumidor?
No es obligatorio. No obstante, nosotros somos partidarios del asesoramiento preventivo y continuo a las personas y empresas, y es por ello que si Vd. es reclamante o reclamado, podrá actuar con una mejor base si realiza las alegaciones oportunas ante la oficina del consumidor bajo el asesoramiento de un especialista en la materia.
¿Que hago si soy una empresa a la que le ha llegado una queja?
Vd. tendrá un plazo para responder a esa queja, y en función de la complejidad escogeremos una vía de respuesta u otra.
¿Es válida la queja presentada ante la empresa?
Si Vd. lo que quiere es acudir a un organismo oficial de conciliación en materia de consumo, deberá de llevar copia de esa queja al departamento local o autonómico correspondiente, para cursar el procedimiento oportuno.
Como empresa ¿Puedo acudir a un organismo oficial de arbitraje o mediación?
Como empresa o negocio, puede estar adscrito a los Tribunales de Arbitraje de Consumo oportunos y ofrecer ese servicio a sus clientes para poder solucionar las posibles discrepancias, lo que le implicará una mayor rapidez y seguridad para empresa y cliente. No obstante, el consumidor puede optar a acudir al órgano que más le convenga, aunque es posible que ello comporte una procedimiento más dilatado en el tiempo.