Patrimonio, hermanos, legados,...
En este ámbito del derecho civil, nos ocuparemos de resolverle todas cuantas dudas tenga sobre la aceptación de herencia, o declaración de herederos, así como nos ocuparemos del trámite farragoso y a veces desagradable de hacerse cargo del “papeleo” de una herencia.
En el mismo sentido le asesoraremos sobre los aspectos fiscales y jurídicos de la aceptación de los bienes de la masa hereditaria, incluyendo aquellos que se le hayan podido ceder a través de fideicomiso, o como albacea.
La posible disputa hereditaria no siempre acaba en la aceptación de herencia, por ello estamos a su disposición para llevar a cabo los posibles trámites de impugnación, venta o partición hereditaria, una vez los herederos han devenido copropietarios.
Preguntas Frecuentes
¿Todas las herencias han de pagar impuestos?
Sí. Salvo mejor estudio del caso, todas las herencias están sujetas al Impuesto de Donaciones, del cuál deberemos de hacer la oportuna liquidación para saber si el importe a pagar es cero o no.
¿Cuánto tiempo tengo para aceptar una herencia?
Desde el punto de vista del Derecho Civil, se goza de un plazo largísimo de 30 años. No obstante, hay ciertos aspectos fiscales que nos van a recomendar aceptar la herencia en el plazo más breve posible.
¿Que hago si el resto de herederos no quieren hacer el trámite?
El trámite de declaración de herederos y aceptación de herencia lo puede hacer siempre de forma individual, aunque nosotros le recomendaremos que siempre vaya cogido de la mano con un asesor legal de confianza.